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ZONAS COMUNES

EDIFICIOS MULTIFAMILIAR ARKIE
CONDOMINIO CHICO 94
EDIFICIO CALLE 92
PARQUE 111
EDIFICIO EL LIMONAR
URBANIZACION RAFAEL NUÑEZ
CONJUNTO RESIDENCIAL RECREO DEL CORTIJO
URBANIZACION LA-LB TIMIZA
CONJUNTOS MULTIFAMILIARES SANTANDER Y CORDOBA
CONJUNTO RESIDENCIAL SABANA GRANDE
ENTRE OTROS …

Zona Común

Zona Común

Las copropiedades deben tener seguro obligatorio de bienes comunes Las copropiedades, de acuerdo con la Ley 675 de 2001, están obligadas a asegurar los bienes comunes, al menos contra los riesgos de incendio y terremoto. Sólo cerca del 20% de las copropiedades de Bogotá cuentan con un seguro de bienes comunes. El error más común entre las copropiedades es no asegurarse o asegurarse de manera inadecuada.

El Seguro Obligatorio de Bienes Comunes es la herramienta ineludible que tienen todos los edificios o conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal y que les ayuda a proteger los bienes de la copropiedad contra los riesgos de incendio y terremoto, con el fin de garantizar la reconstrucción total de los mismos, según lo establecido en la Ley 675 de 2001.

Esta póliza también ofrece coberturas adicionales que pueden ser adquiridas de manera opcional, según las necesidades de protección del patrimonio de cada copropiedad, como: responsabilidad civil, daños por agua, anegación, terrorismo, daños por granizo, explosión, daños por rayo, corriente débil, remoción de escombros y maquinaria y equipos y otras coberturas adicionales. Adicionalmente, el seguro acompaña a los copropietarios frente a contingencias inesperadas, eventos accidentales, súbitos y en los cuales no interviene la voluntad del asegurado, y ofrece servicios de asistencia como plomería, cerrajería, rotura de vidrios y daños eléctricos, entre otros.

ARL – Riesgos Laborales

ARL – Riesgos Laborales

“El Sistema General de Riesgos Laborales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan”.

El Sistema General de Riesgos Laborales establecido en el Decreto Ley 1295 de 1994 y la Ley 776 de 2002 forma parte del Sistema de Seguridad Social Integral, establecido por la Ley 100 de 1993.

ASEGURAMIENTO EN EL SISTEMA GENERAL DE GENERALIDADES

1. ¿Qué es un entorno de trabajo? El entorno de trabajo es el espacio en el cual transcurre la vida diaria laboral de los individuos, en el que se presenta la mayor exposición a factores de riesgo para la salud, por lo tanto es en donde se deben transformar esos riesgos en factores protectores para la salud.

1.1. ¿Qué es un entorno de trabajo saludable? El entorno de trabajo saludable es el espacio en el que el Estado, los empleadores y trabajadores (formales e informales) colaboran en la aplicación de un proceso de mejora conti nua para promover y proteger la salud y la seguridad de los trabajadores, y la sostenibilidad del lugar de trabajo.

2. ¿Cómo se defi ne la seguridad y salud en el trabajo? La seguridad y salud en el trabajo se defi ne como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto la promoción y el mantenimiento del bienestar fí sico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones, así como el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo.

3. ¿Qué es y cuál es el objeti vo del Sistema de Gesti ón de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST? El SG-SST es un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora conti nua y que incluye la políti ca, la organización, la planifi cación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objeti vo de anti cipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo. Las disposiciones vigentes de salud ocupacional, ahora “Seguridad y Salud en el Trabajo” relacionadas con la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte del Sistema General de Riesgos Laborales.

4. ¿Qué es accidente de trabajo? El accidente de trabajo es todo suceso repenti no que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y, que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente, se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. También se considerará como accidente de trabajo, el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical, aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical, siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma, se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de acti vidades recreati vas, deporti vas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o en la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicio temporales que se encuentren en misión. (Ley 1562 de 2012).

5. ¿Qué es enfermedad laboral? La enfermedad laboral es aquella contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la acti vidad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero si se demuestra la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes. (Ley 1562 de 2012).

6. ¿Qué es el Sistema General de Riesgos Laborales? Es el conjunto de enti dades públicas y privadas, normas y procedimientos, desti nados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

7. ¿Quién conforma el Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL)? El Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) lo conforman: ü Las enti dades encargadas de la Dirección, Control y Vigilancia del Sistema como el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, el Consejo Nacional de Riesgos Laborales, la Superintendencia Nacional de Salud y la Superintendencia Financiera de Colombia.

– Las ARL, es decir, las Administradoras de Riesgos Laborales públicas y privadas.

– Los empleadores.

– Los trabajadores.

8. ¿Cuáles son las responsabilidades en el Sistema General de Riesgos Laborales? Las responsabilidades del Sistema General de Riesgos Laborales son comparti das entre la empresa, la ARL y el trabajador, y son:

– La empresa afi lia a todos sus trabajadores al Sistema y desarrolla programas de prevención y control de los riesgos laborales.

– La ARL asesora y brinda asistencia técnica a la empresa para el desarrollo de los programas de prevención y, ati ende a los trabajadores que se accidentan o enferman por causas propias del trabajo que desarrollan.

– El trabajador cuida su salud, cumple las normas de seguridad y salud en el trabajo, definidas en la empresa.

9. ¿Cuáles son las funciones de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL)? Las Administradoras de Riesgos Laborales, entre otras funciones, están encargadas de: ü El recaudo de las coti zaciones que hacen las empresas por sus trabajadores. ü La asesoría para la ejecución de los programas de prevención que se realizarán en la empresa. ü La atención médica y de rehabilitación de los trabajadores que se accidenten o enfermen por causas propias de su trabajo. ü El pago de las prestaciones económicas como las incapacidades, pensiones de invalidez y de sobrevivientes que se puedan generar como consecuencia de los accidentes o enfermedades laborales.

10. ¿Qué es la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales y qué se busca con ella? La afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales es un seguro de la Seguridad Social, cuyo fi n es proteger la salud de los trabajadores y atender las conti ngencias derivadas de las condiciones propias del trabajo. Los trabajadores afi liados al SGRL que sufran un accidente de trabajo o una enfermedad laboral, ti enen derecho al reconocimiento de prestaciones asistenciales (servicios de salud) y económicas (reconocimiento económico).

11. ¿Quiénes deben afi liarse en forma obligatoria al Sistema General de Riesgos Laborales? Se deben afiliar en forma obligatoria al SGRL:

1. Los trabajadores dependientes.

2. Los jubilados o pensionados que se reincorporen como trabajadores dependientes.

3. Los servidores públicos (incluye a los concejales y ediles)

4. Los vinculados con contrato de prestación de servicios con una duración superior a un mes.

5. Los estudiantes que deban ejecutar trabajos que signifi quen fuente de ingreso para la respectiva institución o cuyo entrenamiento o acti vidad formati vos son requisito para la culminación de sus estudios.

6. Los trabajadores independientes que laboren en acti vidades de alto riesgo.

7. Los miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifi quen fuente de ingreso para la insti- tución.

8. Los afi liados a las Cooperati vas y Precooperati vas de Trabajo Asociado.

9. Los miembros acti vos del Subsistema Nacional de primera respuesta. (Defensa Civil Colombiana, Cruz Roja Colombiana, Cuerpos de Bomberos).

10. Aprendices del Sena, fase práctica.

Pólizas PYME

Pólizas PYME

El crecimiento económico del país está movido, en parte, por las Pymes y la estabilidad financiera de estas empresas, e incluso su desarrollo puede estar garantizados por los seguros.

Cuando las empresas adquieren un seguro pueden manejar los riesgos de una forma más eficiente, tienen más posibilidades de inversión, dado que pueden incursionar en negocios más riesgosos.

Incluso, los seguros pueden abrirles oportunidades de comercio, tanto a nivel nacional como internacional, así como ayudan al financiamiento de proyectos a largo plazo entre otros cosas.

Por lo tanto, las pequeñas y medianas empresas, al igual que las grandes empresas, no deben perder de vista la necesidad de asegurarse más aún, cuando el mercado está ofreciendo pólizas para los distintos presupuestos.

Algunas de las coberturas de los seguros para las Pymes son:

  • Incendio
  • Terrorismo
  • Maremoto
  • Rotura de maquinaria
  • Hurto calificado y simple
  • Lucro cesante
  • Equipo electrónico
  • Responsabilidad civil extracontractual (RCE)
  • Transporte de mercancía
  • Transporte de valores
Pólizas de Cumplimiento

Pólizas de Cumplimiento

El seguro de cumplimiento es un contrato de seguros celebrado entre una compañía de seguros y un tomador, comúnmente denominado afianzado, en el que la aseguradora garantiza el cumplimiento por parte del citado tomador de unas obligaciones contenidas en la ley (disposición legal) o en un contrato.

En el evento de que el tomador no cumpla con dichas obligaciones, por causas que le sean imputables, la aseguradora deberá pagar al acreedor de la obligación, asegurado – beneficiario de la póliza, los perjuicios patrimoniales que se causaron por tal incumplimiento, sin exceder el valor asegurado en la póliza.

Las pólizas de cumplimiento pueden ser:

  • Pólizas de cumplimiento a favor de entidades estatales.
  • Pólizas de cumplimiento a favor de entidades particulares.
  • Disposiciones legales.
  • Cauciones judiciales.
Medicina Prepagada

Medicina Prepagada

BENEFICIOS DE LA MEDICINA PREPAGADA

La decisión de afiliarse a un plan de MP o quedarse con su POS dependerá del servicio que usted desee, pues obviamente obtendrá instituciones, médicos y medicamentos de acuerdo con lo que esté pagando. El POS que ofrecen las Empresas Promotoras de Salud EPS cubre lo obligatorio. Aquí no obtendrá sino lo que se encuentre en el manual de actividades, normas y procedimientos del POS, el cual es dictaminado por ley. Y si bien el servicio que ofrecen las EPS ha venido mejorando por efectos de la competencia, no es igual al obtenido en las empresas de medicina prepagada. Estas últimas le dan acceso a las mejores clínicas y centros médicos, así como a un más amplio directorio de profesionales y especialistas.

Seguro Educativo

Seguro Educativo

SEGURO EDUCATIVO


La educación es el patrimonio más valioso que le puede heredar a sus seres queridos. El seguro educativo permite, a través de una planeación bien estructurada de las necesidades futuras de gasto en educación de sus seres queridos, asegurar la formación académica.

Este producto permite que en caso de fallecimiento o de una incapacidad total y permanente por enfermedad o accidente, el beneficiario de la póliza reciba un capital de libre destinación, con el que puede cubrir los gastos de educación.

El valor asegurado que se contrate debe ser acorde con el nivel de educación, el programa y el periodo de estudio que se quiera garantizar al beneficiario, ya sea la primaria, el bachillerato, posgrado o cualquier otro ciclo de estudios.

Adicionalmente, el seguro educativo le ofrece la posibilidad de realizar un ahorro que le permita recaudar a lo largo del tiempo el capital necesario para las diferentes etapas educativas de sus hijos.

Capitalización e Inversión

Capitalización e Inversión

Seguro le ha pasado que cuando revisa su capital se da cuenta que los años pasan y que no ha logrado cumplir las metas y objetivos que se ha propuesto. Entonces se pregunta cómo otras personas cercanas a usted sí han podido construir un patrimonio.

La diferencia entre usted y los otros radica en la forma en que cada uno administra el dinero. La mejor manera de hacerlo es adquirir una sólida cultura de ahorro.

La capitalización es una opción para todas las personas que tengan metas y proyectos que le permitan construir un capital a través del ahorro, sin necesidad de recurrir a pagos de intereses, ni créditos. Luego de trazar una meta u objetivo y definir en términos de tiempo el cumplimiento de la misma, mediante la realización de una serie de pagos periódicos de pequeñas sumas de dinero, se conforma un capital con el cual podrá cumplir los objetivos que se ha propuesto y seguramente mejorará su calidad de vida. la idea es definir su meta de ahorro y la capacidad de pago que tenga.